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  • El pleno de la LXV Legislatura del Congreso local aprobó por unanimidad de votos la iniciativa del Código que establece el uso legítimo de la fuerza, por las instituciones de Seguridad Pública del Estado.

 En sesión ordinaria, el pleno de la LXV Legislatura del Congreso local aprobó por unanimidad de votos la iniciativa del Código que establece el uso legítimo de la fuerza, por las instituciones de Seguridad Pública del Estado.

La diputada Hortencia Zúñiga Torres, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), señaló la ambigüedad en algunos términos de la citada reforma, a pesar de ello, la moción presentada no prosperó y la Iniciativa fue aprobada con el voto mayoritario de los diputados.

De acuerdo a la fracción II del artículo 6, deja en manos del policía la decisión de usar cualquier tipo de instrumentos o voluntad para someter al manifestante y de ser posible obligarle a la autoincriminación.

En el artículo 8 del Código se prevé el uso de armas incapacitantes no letales con el fin de reducir o controlar la resistencia activa de una persona. Así también, se avala el uso de armas de fuego o letales a efecto de reducir o repeler una resistencia activa agravada de una persona.

Se considera manifestación violenta cuando un grupo de personas se encuentra armado, o bien en la petición o protesta que se realiza ante la autoridad, se hace uso de amenazas para intimidar u obligar a resolver en el sentido que deseen los inconformes, o se incita a la comisión de un delito o se perturba la paz pública y la seguridad ciudadana.

En otros temas, el pleno de la LXV Legislatura aprobó la iniciativa de decreto por el que se autoriza al municipio de Palenque, Chiapas, para que gestione y contrate con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, sociedad nacional de crédito, el otorgamiento de un crédito, hasta por la cantidad de 5 millones 900 mil.

Asimismo, los legisladores aprobaron la iniciativa de decreto por el que se autoriza al municipio de Huixtla y Cacahoatán, Chiapas, para que gestionen y contraten con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, sociedad nacional de crédito, el otorgamiento de un crédito, hasta por la cantidad de 12 millones cuatrocientos mil pesos, y 12 millones de pesos, respectivamente.

 

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